I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 6 DE JUNIO DE 2.025.

  • Por unanimidad, el Jurado resolvió APROBAR el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 6 de junio de 2025.

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES

1) ANALISIS DE ANTECEDENTES

1a) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 11 de julio de 2.024, con relación a la Magistrada Liz María Ramírez Cabrera.

Publicación periodística: “Abren sumario a jueza de Fernando de la Mora por suspender nueve audiencias”.  

  • El jurado resolvió ARCHIVARlos antecedentes.

1b) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 27 de febrero de 2.025, con relación al Magistrado Rodrigo Estigarribia.

Publicación periodística: “Ex jefe de Gabinete de Nenecho, con libertad en caso de los detergentes”.

  • El jurado resolvió ARCHIVARlos antecedentes.

1c) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 27 de marzo de 2.025, con relación a la Agente Fiscal Pamela Pérez Trinidad y al entonces Agente Fiscal Guillermo Sanabria, actual Juez Penal de Garantías.

Publicación periodística: “Jueza advierte grave negligencia fiscal que permitió libertad de imputado por drogas”.

El jurado resolvió:

  • INICIAR DE OFICIO una investigación preliminar previa con relación a las actuaciones de la Agente Fiscal Pamela Pérez Trinidad y el entonces Agente Fiscal Guillermo Sanabria actual Juez Penal de Garantías, a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.
  • LIBRAR los oficios pertinentes, a fin traer a la vista un informe pormenorizado, así como los antecedentes que guardan relación con la información analizada.
  • REMITIR los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuidad de los trámites de rigor.

1d) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 29 de abril de 2.025 con relación a la Causa n.º 82/2025 caratulada: “Abg. Víctor Nilo Rodríguez Acosta, Juez de Paz del Distrito de La Recoleta, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Pedido de Desafuero”.

Expediente caratulado: “Causa N.° 296/2023: Arnaldo Rafael Maciel Riveros y otros s/ Lesión de confianza y otros”.

  • El jurado resolvió POSTERGAR estudio.

1e) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 29 de abril de 2.025, con relación a los Agentes Fiscales intervinientes. 

Publicación periodística:Repugnante: La Fiscalía deja impune mísero esquema de estafa de Mocipar”.

El jurado resolvió:

  • INICIAR DE OFICIO una investigación preliminar previa con relación a las actuaciones de los Agentes Fiscales intervinientes en las actuaciones mencionadas por la publicación periodística referida, a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.
  • LIBRAR los oficios pertinentes, a fin traer a la vista un informe pormenorizado, así como los antecedentes que guardan relación con la información analizada.
  • REMITIR los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuidad de los trámites de rigor

1f) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 29 de abril de 2.025, con relación a los Magistrados intervinientes.

Antecedentes: Oficio N° 428 de fecha 21 de abril del 2.025, remitido por la Secretaría Judicial III de la Sala Penal de Corte Suprema de Justicia, por el cual remite antecedentes relacionados a la causa n.° 626/2.015 caratulada: “Hábeas corpus: Mariano Villalba Santander s/ Supuesto hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario”, con entrada en la C.S.J. n.° 09/2.025”.  

  • El jurado resolvió POSTERGAR estudio.

1g) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 08 de mayo de 2.025, con relación a los Agentes Fiscales y Magistrados intervinientes.

Publicación periodística: “Ministro pide auditar el caso de arresto para imputado por abuso”.

            El jurado resolvió:

  • INICIAR DE OFICIO una investigación preliminar previa con relación a las actuaciones de los Agentes Fiscales y Magistrados intervinientes en las actuaciones mencionadas por la publicación periodística referida, a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021.
  • LIBRAR los oficios pertinentes, a fin traer a la vista un informe pormenorizado, así como los antecedentes que guardan relación con la información analizada.
  • REMITIR los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuidad de los trámites de rigor

2) ESTUDIO DE ENJUICIAMIENTO EN TRÁMITE

2a) Causa n.º 12/2.025 caratulada: “Abg. ROSANA ROJAS BENÍTEZ, Jueza de Ejecución Penal de la ciudad de Villa Hayes, Circunscripción Judicial de Presidente Hayes s/ Enjuiciamiento”.

Antecedentes: “Antecedentes respecto a la auditoría de gestión jurisdiccional realizada al Juzgado de Ejecución Penal de la ciudad de Villa Hayes”.

       El jurado resolvió:

  • DISPONER LA APERTURA de la causa a prueba por el plazo de 20 días.
  • ADMITIR, en su totalidad, las pruebas ofrecidas por la parte acusadora y la parte enjuiciada, para su posterior diligenciamiento, a tenor de lo dispuesto en el artículo 29 de la Ley n.º 6814/2021.
  • A solicitud de la parte enjuiciada, EXCLUIR las pruebas documentales que acompañan al escrito de acusación.

3) EXPEDIENTES PARA ESTUDIO Y CONSIDERACIÓN

3a) Causa n.º 20/2.025 caratulada: “Investigación preliminar”

Publicación periodística: “Corte ordena investigar inacción en caso de abigeato”.

  • El jurado resolvió POSTERGAR estudio.

3b) Causa n.º 98/2.023 caratulada: “Abg. Hugo Marcelo Ortiz Ramírez c/ Abgs. EFRÉN GIMÉNEZ VÁZQUEZ, MYRIAN FELIPA MEZA DE LÓPEZ y LILIAN LORENA BENÍTEZ VALLEJOS, Miembros de la Segunda Sala del Tribunal de Apelación en lo Penal de la Circunscripción Judicial de Alto Paraná s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Osbaldo Luis Cáceres Otazú s/ Producción de documentos no auténticos – Desestimación –  Exp. n.° 8.357/2.022”.

  • El jurado resolvió POSTERGAR estudio.

3c) Causa n.º 194/2.023 caratulada: “Investigación preliminar” Magistrados Federico Rojas, Héctor Fabián Escobar y Carlos Hermosilla.

Publicación periodística: “Fiscala acusó fuera de plazo y quedó impune violación en Centro Educativo”.

  • El jurado resolvió POSTERGAR estudio

3d) Causa n.º 94/2.025 caratulada: “Luiz Alberto Prandini c/ Abgs. SOFÍA ELIZABETH JIMÉNEZ ROLÓN y CARLOS ANTONIO DOMÍNGUEZ, Miembros del Tribunal de Apelación en lo Civil, Comercial, Laboral, Penal, de la Niñez y la Adolescencia de la Circunscripción Judicial de Canindeyú s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Ministerio Público c/ Florentín Céspedes Aguirre s/ Supuestos hechos punibles de Estafa, Lesión de confianza y Apropiación”.

       El jurado resolvió:

  • DECLARAR LA PRESCRIPCIÓN de la acción para acusar, del señor Luiz Alberto Prandini, de conformidad a las prescripciones del artículo 11 de la Ley n.º 6814/2021.
  • ARCHIVAR la causa.

4) ESTUDIO DE DESISTIMIENTO

4a) Causa n.º 63/2.024 caratulada: “Abg. Eutavio Larrea Acosta c/ Abg. ROSSANA DIANA RAQUEL CARVALLO ESTIGARRIBIA, Jueza Penal de Garantías N.° 05 de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Basilicio Cabrera Vera y otros c/ Ley n° 1.881/2.002 Que modifica Ley n° 1.340/88 y otros. – Exp. n.° 7.258/2.019”.

El jurado resolvió

  • TENER POR DESISTIDO al Abg. Eutavio Larrea Acosta, de la acusación planteada contra la Abg. ROSSANA DIANA RAQUEL CARVALLO ESTIGARRIBIA, Jueza Penal de Garantías N.° 05 de la Circunscripción Judicial de la Capital.
  • ARCHIVAR la causa.

5) ESTUDIO DE CANCELACIÓN

5a) Causa n.º 297/2.023 caratulada: “Americana Agropecuaria S.A., Principado Agropecuario S.A., Paragrícola S.A. y Laguna S.A. c/ Abg. VÍCTOR DARÍO CONCEPCIÓN GODOY CHAMORRO, Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Laboral y de la Niñez de la ciudad de Curuguaty, Circunscripción Judicial de Canindeyú s/ Acusación”.

Expedientes caratulados: “Detlef Andreas Manfred Peters s/ Curador de bienes» y «Principado Agropecuaria S.A. c/ Grupos Indígenas s/ Interdicto de recobrar la posesión”.

          El jurado resolvió:

  • CANCELAR la causa en relación alAbg. VÍCTOR DARÍO CONCEPCIÓN GODOY CHAMORRO.
  • ARCHIVAR la causa.

III) ASUNTOS VARIOS

  • El Jurado tomó conocimiento de la nota presentada por el Dip. Nac. José Rodríguez por la cual, comunicó formalmente su renuncia al cargo de miembro sustituto del JEM. El legislador expuso que su decisión obedecía estrictamente a motivos personales.

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