Se recuerda a la ciudadanía en general, la vigencia del “Reglamento del Expediente Electrónico JEM”, en cuyo artículo 2 establece la obligatoriedad de tramitación electrónica de todas las causas iniciadas ante la institución.

En ese sentido, todas las presentaciones que realicen los usuarios habilitados deben ser generadas y rubricadas electrónica o digitalmente e ingresadas a través de la plataforma electrónica puesta a disposición a través de la página web oficial del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados.

Igualmente, cuando los documentos excedan el tamaño máximo admitido en la plataforma de presentación electrónica, el reglamento prevé la presentación mediante un medio de almacenamiento magnético (CD o Pendrive) ante la Secretaria Jurídica conforme con el Art. 17 de la citada normativa.

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