ORDEN DEL DÍA

I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DEL 16 DE ABRIL DE 2.026

  • Por unanimidad, el Jurado resolvió APROBAR el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 16 de abril de 2.026.

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES  –  KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

1) AUDIENCIA ANTE EL PLENO TENDUHA JURADO RENONDÈPE

1a) Audiencia de alegatos en la Causa n.° 30/2.025 caratulada: “Abg. CARMEN ANALÍA CIBILS MIÑARRO, Jueza de Paz del Distrito de La Encarnación, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Enjuiciamiento”.-

Antecedentes: “Auditoría de gestión jurisdiccional realizada al Juzgado de Paz del Distrito de La Encarnación de la Circunscripción Judicial de la Capital”.-

  • El JEM resolvió, RECHAZAR EL RECURSO DE REPOSICIÓN interpuesto por la jueza enjuiciada Abg. Carmen Analía Cibils Miñarro, a tenor de lo dispuesto en el Art. 35 de Ley n.° 6814/2021. Asimismo, convocar a las partes para el 30/04/2026 a las 9:30 h,  a efectos de llevar a cabo la audiencia oral y pública de producción de alegatos y notificar por cédula.

1b) Audiencia de alegatos en la Causa n.° 73/2.025 caratulada: “Abg. GUSTAVO ENMANUEL VILLALBA BÁEZ, Juez de Paz del 1° turno del Distrito de La Catedral, Circunscripción Judicial de la Capital s/ Enjuiciamiento”.-

Antecedentes: “Auditoría de gestión jurisdiccional realizada al Juzgado de Paz del Distrito de La Catedral, del Primer Turno, de la Circunscripción Judicial de la Capital”.-

Partes intervinientes:

Parte acusadora: Abg. Cinthia Vera.

Parte Enjuiciada: Abg. Gustavo Enmanuel Villalba Báez.

Abogado representante: José Fernández Zacur.

  • El JEM resolvió por unanimidad tener por recibidos los alegatos y diferir el pronunciamiento de autos.

1c) Audiencia de alegatos en la Causa n.° 127/2.023 caratulada: “Abgs. FABIÁN WEISENSEE IAFFEI y LAURA OCAMPO FERNÁNDEZ, Jueces Penales de Sentencia de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Enjuiciamiento”.-

Antecedentes: “Fernando Mendoza y otros s/ Posesión y tráficos de drogas”.-

Partes intervinientes:

Parte acusadora: Abg. Cinthia Vera.

Parte enjuiciada: Abgs. Fabián Weisensee Iaffei y Laura Ocampo Fernández. 

Abogada patrocinante: Abg. Rocío Vega.

  • Culminada la Audiencia Oral y Pública, se agregará un soporte magnético de la presente al expediente principal y se llama Autos para Sentencia en el presente enjuiciamiento, quedando ambas partes debidamente notificadas del llamamiento de autos en este acto

2) ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

2a) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en Sesión Ordinaria del 20 de Noviembre de 2.025, con relación al Juez Penal de la Adolescencia e Interino del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, de la Niñez y Adolescencia del Segundo Turno de Horqueta, Abg. Alberto Panza y del Agente Fiscal Joel González.-

Publicación periodística:Diario Última Hora del 18 de Noviembre de 2.025, titulada: Hijas de Lindstrom denuncian supuestos despojos de estancia en Horqueta”. –

  • El JEM resolvió por unanimidad, el ARCHIVO de los antecedentes respecto a las actuaciones del juez Abg. Alberto Panza y del agente fiscal Abg. Joel González, conforme a los argumentos expuestos.

3) ESTUDIO DE DESISTIMIENTO – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO DESISTIMIENTO REHEGUA

3a) Causa n.° 189/2.025 caratulada: “Alcis Gregorio Medina López c/ Abg. CLAIDE ACOSTA, Agente Fiscal de la Unidad Penal N.° 1 de la Fiscalía Barrial N.° 9 de la Sede N.° 1 de la Capital s/ Acusación”.-

Expediente caratulado: “Alcis Gregorio Medina López s/ Producción mediata de documentos públicos de contenido falso».-

  • El Jurado resolvió HACER efectivo el apercibimiento, tener por desistido al recurrente y en consecuencia ARCHIVAR la causa.

  III) ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

El JEM toma conocimiento de las siguientes publicaciones periodísticas:

  1. Diario ÚLTIMA HORA, titulada: “El caso Hernán Rivas sin castigo será un golpe a la democracia.”

Y, una vez cumplido el plazo, el Pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad respecto al inicio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/2021. El  plazo para  el efecto se cumplirá el 26 de MAYO de 2026.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *