Luego del análisis de la Causa n.º 155/2023 caratulada: “Antecedentes sobre actuaciones en la causa penal caratulada: “Ramón Mario González Daher y otros s/ Lavado de dinero y otros”.

Expedientes caratulados: ”Elena Beatriz Arce de Legal s/ Estafa”; “Elena Beatriz Arce de Legal s/ Estafa”; “Corina Margarita González Adorno s/ Estafa”; “Jorge López y Carlos Ariel Cáceres s/ Estafa”; “José Fabián Bogado y Pedro Rubén Benegas s/ Estafa”; “Gabriel Sindulfo Villalba Dickel s/ Estafa”; “Andrea Beatriz Tejera Llamas s/ Estafa”; “Cristian Colbes Sanabria s/ Estafa”; “Armando Miguel Perito s/ Estafa”; “Sergio Daniel Larrosa s/ Estafa y otros”; “Rian Augusto Tormena s/ Estafa y otro”; “Iván Emilio Oliveira s/ Estafa”; “Edgar Waldermar Troche Ortiz s/ Estafa”; “Alberto Doldán Ovelar s/ Estafa”; “Julio Daniel Dávalos Notario s/ Estafa”.- El Jurado resolvió Iniciar una INVESTIGACION PRELIMINAR previa en las causas: 4712/2014, 4710/2014, 5074/2014, 6023/2019, 5120/2019, 4716/2014, 5168/2017, 5179/2017, 5202/2017, 4956/2019, 5888/2019, 5954/2019, 5961/2019, 3208/2014 y 5287/2017, todo esto, de conformidad a lo previsto en el Art. 18 de la Ley Nº 6814/21. En consecuencia, remitir los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuación de los trámites de rigor.

Al momento de emitir su voto, el preopinante en esta causa  Mgtr. Enrique Kronawetter, indicó que conforme a lo que surge del informe preliminar emitido de los antecedentes de la causa penal “Ramón Mario González Daher y otros sobre lavado de dinero y otros”, se tiene que de la causa Nº 51 a la causa Nº 70 ya se dispuso el archivo de varias de las mismas. “Yo lo que quiero proponer entonces es que con respecto a estas actuaciones se abran investigaciones preliminares a los efectos de determinar el grado de eventual responsabilidad de los que intervinieron, porque entiendo en muchas de estas causas solamente se tienen los informes de Fiscales intervinientes y entonces es importante que se recabe la información de todos los que han intervenido Incluyendo a jueces o magistrados a los efectos de que tengamos esa información y Dirección Jurídica haga un examen en el marco de la investigación preliminar y oportunamente  resuelva el pleno si corresponde o no un enjuiciamiento o el archivo de las actuaciones”, finalizó su exposición el Miembro.

A su turno el Ministro de la Corte Dr. César Garay manifestó lo sgte.: 

En coincidencia jurídica con lo que acabamos de escuchar, me permito alegar que correspondería también mencionar las causas penales Nº 3208/2014 y Nº 5.287/2017 relacionadas a la entonces agente fiscal Cynthia Espinola, acumulando estas causas a las iniciadas aquí en el Jurado según artículo 121 y 122 del Código Procesal Civil”. 

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