Del análisis de la publicación periodística del 27 de mayo de 2023, titulada “Cámara anula sospechoso fallo a favor de acusado narco piloto”, en la cual se mencionan supuestas irregularidades, puesta a conocimiento de los miembros, en la sesión ordinaria del 06 de junio de 2023, para determinar si corresponde la apertura de una investigación preliminar,  de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.º 6814/21,  el Jurado resolvió iniciar de oficio una investigación preliminar previa, y en consecuencia, remitir los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuación de los trámites de rigor.

El preopinante, Ministro de la CSJ Dr. Manuel Ramírez Candia fundamentó su voto en los siguientes términos «en relación a la posible iniciación de una investigación preliminar que se basa en una publicación de fecha 27 de mayo del 2023, en donde se señala que el Tribunal de Apelación anula sospechosos fallos a favor del acusado narco piloto y el hecho que motiva la acusación contra esta persona,  la supuesta comisión del hecho de tráfico de estupefaciente, en donde en una avioneta se habían trasladado nada más y nada menos que, 1.259 kilogramos de marihuana de manera sucesiva, entonces, este procesado fue absuelto por el Tribunal de Sentencia y posteriormente, el Tribunal de Apelación anula el fallo en cuestión.  

»Creo, que el hecho que fuera objeto de investigación, es un hecho grave, es un hecho que por supuesto tiene su impacto en el orden social, tráfico de marihuana, también tiene un impacto social por la cantidad de kilos de marihuana que se había trasladado por medio de esa avioneta. Entonces, creo que conforme a lo que prescribe el artículo 18 de nuestra Ley 6814/21, los requisitos de gravedad, notoriedad y afectación del interés social, concurren en esta causa.  

»Por lo tanto, considero pertinente iniciar la investigación preliminar, en el sentido de solicitar que se traiga a la vista al expediente, fundamentalmente la sentencia de absolución y también la sentencia que procede a su anulación, a los efectos de verificar si efectivamente concurre alguna irregularidad en la actuación de los magistrados del Tribunal de Sentencia.  Es importante señalar de que esto es solamente una investigación preliminar, y de que solamente una vez analizados los antecedentes, se podrá proceder a iniciar o no el enjuiciamiento en cuestión. Por lo tanto presidente,  yo opino en forma favorable a la iniciación de la investigación preliminar y que se traiga a la vista el expediente en cuestión», concluyó.

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