Durante sesión ordinaria el representante de la Corte Suprema ante el Jurado, Dr. Manuel Ramírez Candia, solicitó a sus pares, iniciar una investigación preliminar sobre la actuación de los jueces penales de la ciudad de Caaguazú quienes intervinieron en el expediente caratulado “Ministerio Público c/ Benito Guerrero s/ Cohecho Pasivo Agravado”. El proceso se inició en tribunales de esta ciudad y termina en Segunda Instancia ante el Tribunal de Apelación Primera Sala de la ciudad de Coronel Oviedo.
Este proceso se inició cuando los agentes fiscales allanan el despacho del magistrado judicial Benito Guerrero, momento en que éste se encontraba verificando la cantidad de dinero que fuera entregado por una de las partes al funcionario del juzgado, producto de una supuesta venta de una resolución judicial.
En su exposición de motivos el Dr. Ramírez Candia, indicó que el proceso tuvo varias dilaciones permitidas por los jueces de la causa y finalmente, concluyó con la extinción de la causa penal determinada en primera instancia y confirmada en grado de apelación.
Para el representante de la Corte ante Jurado, la actuación del juez Benito Guerrero, fue una afrenta a mala imagen al Poder Judicial de la Circunscripción Judicial de Caaguazú, y; la actuación de los magistrados a cargo del proceso penal seguido por el juez Benito Guerrero, al resolver la prescripción de la causa. Esto genera sospecha razonable de irregularidad funcional, al consagrar la impunidad de un caso flagrante de corrupción judicial, expresó el Dr. Manuel Ramírez Candia.
Si hay extinción por el transcurso de la duración del proceso de unos 10 años, un proceso de cohecho pasivo agravado, considera que debe haber responsable, tiene que haber magistrados o agentes fiscales que hayan actuado en omisión de su deber de impulsar el proceso o de cumplir los plazos procesales. Es por eso que, solicito se haga una investigación preliminar, a los efectos que ante este Jurado se pueda determinar quienes realmente han incurrido en violación de su deber que consagra el Código Procesal Penal, justificó el Ministro.
Agregó, que no es el primer caso y que van a enviar más casos de extinción en casos de corrupción pública, porque parece ser una constante de que este tipo de casos siempre terminan con extinción, finalizó.
En mayoría, el pleno resolvió acompañar el pedido, mientras el Senador Fernando Silva Facetti se abstuvo en votar, considerando que el mismo tiene una postura que, para solicitar una intervención de oficio debe haber una denuncia, a pesar de entender lo expuesto por el solicitante.

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