El Dr. Enrique Kronawetter, planteó al pleno, en el estadio de asunto varios, «la apertura de una investigación preliminar conforme lo dispone nuestra Ley 6814/2021, con relación a un hecho que adquirió connotación pública, y que, se ha publicado en diversos medios como: Judiciales.net, ABC Color, El Observador, Diario Última Hora. Hago referencia a las principales fuentes que yo por lo menos seguí, independientemente de otros medios de comunicación como también La Nación, Radio 1000 y  canales de televisión, que de manera casi unívoca, han hecho referencia a la situación del caso en que, primero la Corte Suprema de Justicia ordenó una auditoría en el juzgado de la Magistrada Norma Salomón y abrió un sumario administrativo a su esposo Farid González, quien fue detenido y acusado de solicitar un soborno.

»El Vicepresidente de la Corte, el Ministro Eugenio Jiménez Rolón, firmó ambas medidas y sugirió que los hechos podrían implicar medidas disciplinarias debido a un supuesto caso de extorsión en el juzgado. Así también, en fecha el lunes 7 de agosto de 2023, tuvimos la visita de los gremios de abogados y una de las peticiones concretas ha sido, la de solicitar la apertura de la investigación preliminar con relación a la jueza Norma Salomón, más concretamente se hace referencia a la necesidad de abrir una investigación preliminar con respecto a la actuación de la jueza de Capiatá Norma Salomón y se hizo referencia al mismo caso que acabo de mencionar, razón por la cual, estimo que dada la gravedad, notoriedad y la afectación del interés público, es que solicito expresamente la apertura de una investigación preliminar, con relación a las actuaciones que haya tenido la jueza Norma Salomón con relación al caso puntual que hoy está siendo objeto de un proceso penal respecto a su cónyuge», finalizó.

En el mismo sentido el Ministro Ramírez Candia, acompañó la propuesta del Dr. Kronawetter, haciendo referencia a que anteriormente, el Jurado ya había tomado intervención con el inicio de una investigación preliminar a una agente fiscal de Pedro Juan Caballero.

Puestas a consideración de los demás miembros la propuesta del Dr. Kronawetter, por unanimidad, el Jurado resolvió iniciar una investigación preliminar previa, de conformidad a lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley N° 6814, y remitir los antecedentes mencionados a la Secretaría Jurídica a fin de que se impriman los trámites de rigor, asignándose, en consecuencia, número de causa y la respectiva carátula.

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