Conforme con el Artículo 20 de la Ley N° 6814/2021
El escrito de acusación deberá contener:

  • El nombre y la fijación del domicilio real y procesal del acusador, caso contrario, quedará legalmente constituido en la Secretaría General del Jurado. Allí le serán notificados los actos procesales que correspondan.
  • El nombre y cargo del acusado.
  • La enunciación circunstanciada de los hechos en que se funde la acusación.
  • Las normas legales infringidas.
  • El petitorio claro y preciso.
  • La acreditación de los requisitos exigidos para el acusador particular.

Con el mismo escrito, el acusador deberá:

  • Acompañar los documentos relacionados con la acusación o indicar el lugar donde se encuentren.
  • Ofrecer las pruebas que hagan a su derecho y solicitar las medidas necesarias para que ellas se diligencien.
  • Acompañar copia para el traslado.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *