ORDEN DEL DÍA

I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA CORRESPONDIENTE A LA SESIÓN ORDINARIA DEL 5 DE MARZO DE 2.026

· Por unanimidad, el Jurado resolvió APROBAR el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 5 de marzo de 2026.

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES  –  KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

1) ESTUDIO DE RECURSO – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO RECURSO REHEGUA

1a) Causa n° 190/25 caratulada: “Abg. MARTHA BEATRIZ BENITEZ ALDERETE, Juez de Paz de la Ciudad de Villa Elisa, Circunscripción Judicial de Central s/ Enjuiciamiento”.-

Antecedentes: “Informe de Auditoría de Reacción Inmediata realizada al Juzgado de Paz de la ciudad de Villa Elisa, Circunscripción Judicial de Central – N.S. 55.261, Código ARI-25-006”. –

  • El JEM resolvió por unanimidad de votos RECHAZAR EL RECURSO DE RECONSIDERACIÓN interpuesto por la parte enjuiciada, conforme al Art. 35 de la ley especial.
  • ACLARAR el punto n.° 2 del A.I n.° 155/2025 del 18 de septiembre de 2025, conforme a los argumentos expuestos.

2) ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

2a) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 29 de Abril de 2.025, con relación a los Magistrados intervinientes.

Antecedentes: «Oficio n.° 428 de fecha 21 de Abril de 2.025, por medio del cual la Secretaría Judicial III de la Sala Penal de Corte Suprema de Justicia remitió antecedentes relacionados a la causa n.° 626/2.015, caratulada: «Hábeas corpus: Mariano Villalba Santander s/ Supuesto hecho punible de incumplimiento del deber legal alimentario», con entrada en la C.S.J. n.° 09/2.025«. –

  • El JEM resolvió INICIAR DE OFICIO una investigación preliminar previa a tenor de lo dispuesto en el Art. 18 de la Ley n.° 6814/2021. En consecuencia, librar oficios a fin traer a la vista un informe pormenorizado así como también los  antecedentes que guardan relación con la información obtenida. Remitir los antecedentes a la Secretaría Jurídica para la conformación de la causa y la continuidad de los trámites de rigor.
  •  En la presente causa se encuentra inhibido el vicepresidente 2°, el  Ministro Prof. Dr. Manuel Ramírez Candia

2b) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 28 de Agosto de 2.025, con relación a la Jueza Penal de Garantías nº 5 de ciudad del Este, Circunscripción Judicial de Alto Paraná, Abg. Cinthia Garcete.

Antecedentes: «Red social Facebook, cuenta Radio FM República: Jueza Cinthia Garcete otorga arresto domiciliario a joven que asesinó a su padre de más de 40 puñaladas«.

  • El  Jurado resolvió POSPONER el estudio y consideración de estos antecedentes para una próxima sesión.

2c) Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 6 de Noviembre de 2.025, con relación a la Juez del Juzgado Penal de Garantías de Caazapá, Abg. Blanca Tillería.

Publicación periodística: «Diario Última Hora del 4 de Noviembre de 2.025, titulada: Jueza beneficia con arresto en casa a agresor de una mujer».-

  • El JEM resolvió ARCHIVAR los antecedentes en relación a la Abg. Blanca Tillería, Juez del Juzgado Penal de Garantías de Caazapá, conforme a los argumentos expuestos.

3) EXPEDIENTES PARA ESTUDIO Y CONSIDERACIÓN – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO HA TECHAKUAA HAĞUA

3a) Causa n.º 148/2.025 caratulada: «Investigación preliminar» – Miembros del Tribunal de Apelación Multifuero de la Décima Primera Circunscripción Judicial de Caazapá, Abgs. Edgar Adrián Urbieta Vera y Guido Ramón Melgarejo.

Antecedentes: “Emisora 970 AM.: Tribunal de Caazapá habria beneficiado con la libertad a un procesado agente, que habría abusado de una menor»; y «Red social X, usuaria @Fancis970AM: GRAVISIMO. UN TRIBUNAL DEJÓ EN LIBERTAD … a un procesado.. Pese a que fue remitido a prisión por un juez por indicios de culpabilidad, un Tribunal integrado p/ Guido Melgarejo, Edgar Urbieta, Margarita Miranda le dio libertad @PoderJudicialPY”.

  • El  Jurado resolvió POSPONER el estudio y consideración de estos antecedentes para una próxima sesión.

4) ESTUDIO DE DESISTIMIENTO – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO DESISTIMIENTO REHEGUA

4a) Causa n.º 95/2.024 caratulada: «Antonio Odair Melgarejo Gómez c/ Abg. JOSÉ GUILLERMO TROVATO FLEITAS, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Turno de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación».

Expediente caratulado: «Reconstitución del Expte: Caja de Jubilaciones y Pensiones del personal municipal c/ Carlos Rubén Tillner Rodríguez y otros s/ Ejecución hipotecaria«.-

  • El Jurado resolvió HACER efectivo el apercibimiento, tener por desistido al recurrente y ARCHIVAR la presente causa.

5) ESTUDIO DE CANCELACIÓN KUATIA ÑEHESA’ỸIJO ÑEMBOPAHA REHEGUA

5a) Causa n° 222/2.025 caratulada: “Abg. ISABEL BEATRIZ BRACHO PEDROZO, Juez Penal de Garantías N.° 2 de la Ciudad de Lambaré, Circunscripción Judicial de Central s/ Enjuiciamiento”.-

Expediente caratulado: «Isabel Beatriz Bracho de Britez y otros s/ Cohecho pasivo agravado (LEY N° 6379) y otros«.-

* Antecedentes puestos a conocimiento de los Miembros en sesión ordinaria del 18 de Septiembre de 2.025, con relación a la Jueza Penal de Garantías de Lambaré, Abg. Isabel Bracho.

Antecedentes: «Red social X, cuenta @mysoilan: Cámara Gesell confirmó el abuso sexual de 2 niños, pero la Jueza Penal de Garantías de Lambaré Isabel Bracho, hizo lugar a un test de credibilidad solicitado por la defensa, una diligencia que corresponde valorar solo a un tribunal de sentencia«.

  • El Jurado resolvió CANCELAR y ARCHIVAR la presente causa con respecto a la Abg. Isabel Bracho, conforme a lo dispuesto en Art. 253 de la CN y Art. 11 de la Ley n.° 6814/2021.

  III) ASUNTOS VARIOS – OPAICHAGUA MBA’E

El JEM toma conocimiento de las siguientes publicaciones periodísticas del DIARIO DIGITAL LA CLAVE, titulada: “Aparecen pasacalles con graves acusaciones contra la cuestionada jueza Gabriela Ramírez”.

Red social Facebook de “EL OBSERVADOR”: 1-  “Varios pasacalles aparecieron hoy en los alrededores del Palacio de Justicia de Ciudad del Este, en los que tratan de “destructora de empresas, familias” y “bandida” a la magistrada Gabriela Noemí Ramírez Morínigo.”

DIARIO DIGITAL “EL OBSERVADOR”, titulada: 2- “Juez pidió US$ 30 mil y abogada respondió que ya le entregaron cheque de US$ 15 mil”.

Y, una vez cumplido el plazo, el Pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad respecto al inicio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento, conforme a lo establecido en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/2021.

El  plazo para  el efecto se cumplirá el 13 de abril de 2026.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *