La investigación preliminar fue iniciada por providencia de fecha 02 de agosto de 2021, en atención a lo resuelto por el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados en Sesión Ordinaria, de fecha 29 de junio de 2021, con respecto a los antecedentes remitidos por la Excma. Corte Suprema de Justicia sobre las Acciones de Inconstitucionalidad declaradas, en los expedientes judiciales caratulados: «Recurso de Nulidad interpuesto por la firma Cárnicas Villacuenca S.A c/ Proceso Arbitral caratulado Yvu Poty S.A c/ Pabensa S.A y Cárnicas Villacuenca S.A s/ Incumplimiento de Contrato»; y, «Dirección Nacional de Aduanas c/ Fenix S.A. de Seguros s/ Ejecución de Resoluciones Judiciales».

Cabe mencionar, que, en la presente causa, se encontraba inhibido el Ministro de la Corte, Dr. César Diesel.

De acuerdo a lo que dispone el Art. 16 de la Ley n.º 3759/09, y, conforme a las constancias obrantes en la presente investigación preliminar, se extracta como supuesta actuación irregular, la siguiente:

  • Haber dictado dos Acuerdos y Sentencias en el lapso de un año judicial, declarados inconstitucionales, por la Corte Suprema de Justicia, incurriendo así, en mal desempeño de funciones, de conformidad a lo establecido en el inciso d, del artículo 14, de la Ley n.º 3759/2009.

En su intervención, el Ministro de la CSJ, Dr. Manuel Ramírez Candia argumentó que: «La presente investigación preliminar, se inició en razón de verificar la concurrencia del  dictado de dos Acuerdos y Sentencias, que fueron declarados inconstitucionales, en un año judicial y al respecto consta como resultado de la investigación, que el Acuerdo y Sentencia n.° 111, del 29 de diciembre del 2016, que dictó el Tribunal de Apelación de la  Capital- Primera Sala, y también, el Acuerdo y Sentencia n.° 05, de fecha 16 de marzo de 2016, que dictó también éste Tribunal de Apelación. Estos dos Acuerdos y Sentencias, que dictara el Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, Primera Sala, con la integración de los Magistrados Abgs. Valentina Núñez González, Oscar Augusto Paiva Valdovinos y Arnaldo Martínez Prieto, fueron efectivamente declarados inconstitucionales, primero por el Acuerdo y Sentencia n.° 156, de fecha 28 de marzo de 2019, que dictó la Sala Constitucional de la CSJ y el segundo, por Acuerdo y Sentencia n.° 551, del 25 de mayo de 2019.

»Por lo tanto, la sospecha razonable surge con evidencia, ante estas dos resoluciones de inconstitucionalidad contra dos acuerdos y sentencias, que se dictaran en el mismo año judicial, ahora bien, en cuanto a los que integraron este Tribunal, hay que señalar que el Dr. Oscar Augusto Paiva Valdovinos, falleció recientemente y que también, el Dr. Martínez Prieto, ya había renunciado con anterioridad y se aceptó su renuncia, por lo tanto, con referencia a Paiva Valdovinos y Martínez Prieto, corresponde la cancelación y consecuente archivo en esta causa, y; sí iniciar el juicio de responsabilidad contra la Dra. Valentina Núñez González, por la existencia de indicios de mal desempeño funcional, en virtud a lo que dispone el Art. 14 inciso b de la Ley n.° 3759/2009», finalizó el preopinante.

Luego del análisis íntegro de los antecedentes y las consideraciones vertidas por el preopinante, el Jurado resolvió la Cancelación y el Archivo de la presente causa, con respecto a los Dres. Oscar Paiva Valdovinos y Arnaldo Martínez Prieto. En cuanto a la Magistrada, Abg. Valentina Núñez González, se resolvió iniciar, de oficio,  el enjuiciamiento, por encontrarse indicios de mal desempeño de funciones en su conducta. El fiscal acusador designado en la causa, por sorteo, es el Abg. Celso Ayala.

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