En el análisis de laCausa n.º 89/2022 caratulada: “Abg. Alejandro Gostomelsky c/ DR. NERI EUSEBIO VILLALBA FERNÁNDEZ, Miembro de la 3° Sala del Tribunal de Apelación en lo Civil y Comercial, de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

Expedientes caratulados: “Inversora Nanawa S. A. c/ Benito Benhur, María Sweeb y otro s/ Usucapión” y “R.H.P. del abogado Alejandro Gostomelsky en: Inversora Nanawa S. A. c/ Benito Benhur y otro s/ Usucapión”.-

Por providencia del 26 de julio de 2022, el Jurado intimó al acusador a que acredite solvencia económica a los efectos de garantizar las resultas del juicio, conforme lo dispone el Art. 19 de la Ley n.° 6814/21, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido de su presentación según  lo establece el Art. 21 del referido cuerpo legal.

En ese sentido, al analizar las constancias obrantes en el expediente, el senador Silva Facetti mencionó que: «…el Jurado intimó al recurrente para que en un plazo de cinco días acredite su solvencia económica, contestando dicha intimación, pero, sin adjuntar los documentos que fueran necesarios para dar cumplimiento al Art. 19 de la ley del Jurado.

»Ante esta situación, corresponde hacer efectivo el apercibimiento dispuesto por la providencia mencionada anteriormente y en consecuencia, tener por desistido al acusador de su presentación contra el Magistrado, Abg. Nery Villalba», finalizó el preopinante.

Puestas a consideración las argumentaciones del preopinante y analizadas las misma por los  demás miembros del Pleno, el Jurado resolvió por unanimidad, hacer efectivo el apercibimiento, tener por desistido al recurrente y, en consecuencia, archivar la presente causa.

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