I) CONSIDERACIÓN DEL ACTA DE LA SESIÓN ORDINARIA DEL 05 DE MARZO DE  2024  

  • El Jurado resolvió aprobar el acta de la Sesión Ordinaria de fecha 05 de marzo de 2024

II) ESTUDIO DE EXPEDIENTES – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO REHEGUA

  1. ESTUDIO DE RECURSO DE REPOSICIÒN – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO RECURSO DE REPOSICIÓN REHEGUA

1a) Causa n.° 188/2023 caratulada: “ABG. AMADO ARSENIO YURUHÁN DÍAZ, Juez Penal de Liquidación y Sentencia de la ciudad de Filadelfia, Circunscripción Judicial de Boquerón s/ Enjuiciamiento”.

Expediente caratulado: “Amado Yuruhán Díaz s/ Supuesto Hecho Punible de Acoso Sexual”.-

  • El Jurado resolvió rechazar  in límine el recurso de reposición interpuesto, por ser notoriamente improcedente.

2) EXPEDIENTES PARA ESTUDIO Y CONSIDERACIÓN – KUATIA ÑEHESA’ỸIJO HA TECHAKUAA HAĞUA

2a) Causa n.° 86/2023 caratulada: “Alberto Claudio Ramírez Alvarenga c/ ABG. KAREN LETICIA GONZÁLEZ ORREGO, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial del Décimo Séptimo Turno de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “Alberto Claudio Ramírez s/ Mensura, Deslinde y Amojonamiento”.-

  • El Jurado resolvió rechazar  in límine la acusación particular formulada contra la magistrada Karen González Orrego.

2b) Causa n.° 295/2023 caratulada: “Ricardo Daniel Sasiain Sosa c/ ABG. MIGUEL ANGEL PALACIOS, Juez Penal de Garantías N.° 07 de la Circunscripción Judicial de la Capital s/ Acusación”.

Expediente caratulado: “María Antonella Galli s/ Producción de Documentos no auténticos”.-

  • El Jurado resolvió posponer el estudio de la causa n° 295/2023, hasta tanto se traiga a la vista las compulsas autenticadas y actualizadas de la misma.

3) ANÁLISIS DE ANTECEDENTES

3a) Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, en relación a supuestas irregularidades conocidas a partir de la publicación periodística del 17 de setiembre de 2023, titulada “Jueces fomentan impunidad”,y puesta a conocimiento de los miembros en la sesión ordinaria del 19 de setiembre de 2023.-

  • El Jurado resolvió archivar los antecedentes en relación a las supuestas irregularidades conocidas a partir de la publicación periodística y puesta a conocimiento de los miembros en Sesión Ordinaria del 19/09/23, en consecuencia remitir a los archivos de la Dirección General de Asuntos Legales.

3b) Análisis sobre la apertura de investigación preliminar previa de conformidad a lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley n.° 6814/21, en relación a supuestas irregularidades conocidas a partir de la publicación periodística del 26 de diciembre de 2023, titulada “Inmueble comisado del narco Cabeza Branca está a punto de ser rematado”, y puesta a conocimiento de los miembros en la sesión extraordinaria del 06 de febrero de 2024.-

  • El Jurado resolvió archivar los antecedentes en relación a las supuestas irregularidades conocidas a partir de la publicación periodística, en consecuencia remitir a los archivos de la Dirección General de Asuntos Legales.

4) ANTECEDENTES  REMITIDOS

4a) Publicación periodística: “Jueces de mierda, califica la ciudadanía a los que absolvieron a exfiscal general y su esposa”.-

  • El JEM toma conocimiento el día de la fecha de estos antecedentes y cumplido el plazo correspondiente, el pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad o no del inicio de oficio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento conforme al Art.18 de la Ley Nº 6814/21.

4b) Expediente judicial: “Atilio Manuel Reguera c/ Electrolux do Brasil s/ indemnización de daños y perjuicios por responsabilidad contractual”.-

  • El JEM toma conocimiento el día de la fecha de estos antecedentes y cumplido el plazo correspondiente, el pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad o no del inicio de oficio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento conforme al Art.18 de la Ley Nº 6814/21.

4c) Publicación periodística: “Liberan a supuesto polibandi que ofrecía objetos robados en un atraco en su jurisdicción”.-

  • El JEM toma conocimiento el día de la fecha de estos antecedentes y cumplido el plazo correspondiente, el pleno pueda expedirse sobre el análisis de la viabilidad o no del inicio de oficio de oficio de una investigación preliminar o de un enjuiciamiento conforme al Art.18 de la Ley Nº 6814/21.

III) ASUNTOS VARIOS  – OPAICHAGUA MBA’E

  • El miembro, Abg. Enrique Berni solicita que los antecedentes que guardan relación a la publicación periodística del diario digital PDS: “Llamativamente juez considera que reconvención es accesoria de la demanda principal”, sean traídos a la Dirección General de Asuntos Legales, para analizar la viabilidad de la facultad oficiosa del JEM.

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