En el punto de estudio de cancelaciones, miembros del Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados, analizaron la Causa Nº 253/2021 caratulada: “Antecedentes remitidos por la Excma. Corte Suprema de Justicia – ABG. MERCEDES AGUIRRE DUARTE, Jueza Penal de Ejecución Nº 01, Circunscripción Judicial de la Capital”.


Expedientes caratulados: “Francisco Javier Espínola s/ Posesión, Comercialización de Drogas y Asociación Criminal en Asunción – Causa Nº 1021/2015” y, “Cornelio Bernardo Duarte Galeano y otros s/ Tenencia, Comercialización y Tráfico sin Autorización de Sustancias Estupefacientes – Causa Nº 3228/2016”.


En ese sentido, el Presidente Abg. Jorge Bogarín mencionó que la Abg. Mercedes Aguirre fue removida como Jueza Penal de Ejecución Nº 01, de la Circunscripción Judicial de la Capital, en la sesión plenaria del 02 de noviembre del 2021.


Por su parte, la Dra. Seifart señaló que el expediente debe ser tramitado hasta dictar la resolución que ponga fin a los procedimientos, en virtud a la Ley Nº 3759/09, y; de conformidad a lo que dispone el Art. 48 de la Ley 6814/2021, en razón que fue formado durante la vigencia de la primera.


De acuerdo a lo resuelto en la plenaria del 2 de noviembre del 2021, con respecto a la Abg. Mercedes Aguirre, en virtud a lo que disponen los artículos 253 de la CN, y 11 de la Ley Nº 3759, la misma carece actualmente de la calidad exigida para ser juzgada en esta instancia, por lo cual corresponde la cancelación de la presente causa.


A consideración de los demás miembros lo manifestado por la preopinante, el Jurado resuelve la cancelación de los autos en razón de que la Abg. Mercedes Aguirre ya que no posee de la calidad exigida para ser juzgada.

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